Hostal el Estudio
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Impago en hoteles, hostales, pensiones y otros establecimientos turísticos.

Tradicionalmente los tribunales vienen reconociendo que el alojamiento en un Hotel u Hostal, sin pagar el alojamiento está tipificado penalmente, sea como delito o como falta, dentro de una modalidad de la estafa. Para ejemplo, las siguientes sentencias:

- Sentencia Tribunal Supremo, 1 de marzo de 2000.
- Sentencia Tribunal Supremo, 2 de noviembre de 2000.
- Sentencia Tribunal Supremo, 26 de marzo de 2001.

Por ello, no es buena elección impagar un hotel u hostal. En casos penales, la competencia es de los tribunales del lugar donde resida quien es víctima del delito, por lo que deberá desplazarse a la localidad donde se ubique el hostal u hotel, debiendo hacer frente a penas graves.

El pago posterior, reduce la pena, pero no libra de ella.

Los establecimientos hoteleros pueden utilizar este modelo para realizar la denuncia:

Modelo de denuncia por estafa por impago en Hotel u hostal