ESCRITOS ADMINISTRATIVOS.

 

            El escrito administrativo está normalizado y regulado en la Ley.  En el caso español en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

 

I.

            El documento se inicia con el nombre, apellidos  y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del solicitante.  Seguidamente el domicilio donde se desea que se envíe la contestación.

            Es voluntario aportar el teléfono y puede ser útil para aclarar dudas a la administración.

            Si se representa a una empresa, o a una asociación, se indicará, diciendo, por ejemplo “en nombre y representación de AMPARO Y MARTÍ S.L”

 

II.

            El siguiente paso es el “expone” donde se enumeran y desarrollan los datos que interesen a la Administración y las leyes y reglamentos aplicables al caso.

            En escritos de mayor dificultad se puede diferenciar entre “ANTECEDENTES DE HECHO”  Y “FUNDAMENTOS DE DERECHO”.  En los antecedentes se enumeran los datos y hechos y en los fundamentos, las leyes y reglamentos y cualquier otra consideración.

 

III.  Es requisito indispensable la solicitud, clara y concisa.

 

IV.   Se indicará lugar y fecha, y se firmará el escrito.

 

V.  Por último se indica el órgano administrativo al que se dirige (Alcalde, Ministro, Director General, Rector de la Universidad...).  Algunas personas prefieren ponerlo al inicio del documento.  También es correcto.

 

Ejemplo

D. Santiago De las Morenas Requena, con DNI Nº 23.500.065 - B, en nombre propio, con domicilio a efectos de notificaciones en la Calle Mayor, número 34 de Moixent,

  EXPONE:

  PRIMERO.  Que soy propietario de una casa en la Calle San Vicente, número 28, donde tengo un garaje.  

SEGUNDO.            Que deseo realizar unas obras para poner un cuarto de baño y quitar un tabique.  

TERCERO.  Que el presupuesto de las obras es de 1.000 Euros.

              Por todo lo anterior,  

  SOLICITA  

            Que se me otorgue licencia para poner un cuarto de baño y quitar un tabique en garage de mi propiedad en la Calle san Vicente, número 28.

 

Moixent, a 15 de noviembre de 2004.

 

 

 

 

 

SR ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MOIXENT.  

 

   

 

 

            La regla general en Derecho Administrativo es el antiformalismo, y si hay un defecto, la Administración deberá pedir la subsanación dando un plazo de 10 a 15 días.  La administración no puede rechazar un escrito por un simple defecto.  Los únicos requisitos que no pueden faltar son la firma y la solicitud.

 

AUDICIONES.      CURSOS